Desde este lunes los estudiantes que ingresarán a primer año de educación superior y que hayan firmado un contrato previo con alguna institución, pueden hacer uso de su derecho a retracto. El plazo se extiende hasta el 20 de enero y para hacerlo efectivo se debe presentar el contrato de la segunda matrícula.
Según detalla en su sitio el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), la normativa indica que si un estudiante firmó un contrato con alguna universidad, instituto profesional y centro de formación técnica, en el periodo previo a la entrega de los resultados a las postulaciones, éste puede anularse. Con el derecho a retracto el estudiante puede solicitar la devolución de lo pagado y la documentación que respalda el pago del arancel.
¿Cómo ejercer el “derecho a retracto”?
- Lo primero que debes hacer, es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
- Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha.
- Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.
- Si luego de 10 días corridos de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, se debe insistir.
- Si la respuesta es negativa, presentar el reclamo ante SERNAC en www.sernac.cl
Al ejercer el derecho a retracto, la institución de educación superior debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos. Sin embargo, puede retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.
Además, cabe destacar que el plantel no podrá cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió.