Hace varios años, se comenzó a gestar la práctica de obligar a los trabajadores ligados a la recaudación y custodia de valores (cajeros bancarios, cajeros de retail, guardias de seguridad, tesoreros, etc.) a firmar un pagaré en blanco al momento de ser contratados, como condición ineludible para formar parte de la empresa, y bajo el argumento de resguardar al empleador de eventuales robos o fraudes.
Hasta 2012, los empleadores se valían de un vacío legal en la materia para mantener esta práctica. Más aun, bajo la amenaza de esta dudosa figura, se acostumbraba a descontar del sueldo del trabajador cualquier dinero faltante del cual fuese responsable, aún sin un proceso que determinara la existencia de un delito de robo o fraude.
Pero en 2012, se incluyó una modificación al Código del Trabajo en materia de protección de remuneraciones, incorporando el artículo 54 bis, que en el último inciso estipula claramente: "El empleador no podrá condicionar la contratación de un trabajador, su permanencia, la renovación de su contrato, o la promoción o movilidad en su empleo, a la suscripción de instrumentos representativos de obligaciones, tales como pagarés en cualquiera de sus formas, letras de cambios o compromisos de pago de cualquier naturaleza, para responder de remuneraciones ya devengadas."
Aunque la nueva disposición parecía poner fin al problema, la verdad es que muchas empresas han hecho caso omiso de ella, y hasta hoy siguen presentando pagarés en blanco que a los trabajadores se les pide firmar junto al contrato. La razón de ello es que el empleador se vale de la desinformación de sus funcionarios en la materia. Es decir, hay dos cosas que debes tener presente si has firmado un pagaré en blanco en beneficio de tu empleador:
1.- Puedes realizar un reclamo o denuncia ante la Dirección del Trabajo, ya sea que aún trabajes para el empleador o no, a fin de que el organismo fiscalice a la empresa.
2.- El pagaré firmado no tiene validez, y el empleador no podrá utilizarlo ante un tribunal de justicia para exigirte que le pagues. Si el empleador realiza un descuento no pactado de tus remuneraciones, bajo el pretexto de hacerte responsable por la pérdida de un monto, y bajo la amenaza de hacer efectivo el cobro del pagaré que has firmado, debes acudir a la Inspección del Trabajo en tu localidad.
Desafortunadamente, ciertas empresas siguen utilizando este mecanismo engañoso para que los trabajadores se hagan cargo de dineros faltantes que, muchas veces, no tienen relación con el desempeño de sus funciones. Lo importante es que tengas claro que no se trata de una práctica amparada por la ley, por lo que puedes exigir la restitución íntegra de cualquier descuento en tus remuneraciones que se realice bajo esta figura.
Imagen CC vía Tim Pierce