Juan Carlos tiene 42 años, es ingeniero, ha trabajado siempre al interior de la V Región, entre paltos y limones. En la empresa donde sufrió el accidente que lo dejó inhabilitado más de un año, había cumplido ya los 10 años de servicio como supervisor.
Un día como cualquier otro salió a recorrer esos sitios que adoraba y vio una fosa muy peligrosa que se hacía a la bajada de un palto… sin duda pensó que era muy peligro que uno de los temporeros fuera a bajarse en el lugar equivocado del palto y cayera a la fosa rompiéndose un pie o algo así.
Así que como era parte de sus labores, se acercó al lugar, se subió a la escalera que estaba en el palto y observó de qué manera podía ocurrir un accidente, en ese minuto un trabajador lo llamó, Juan Carlos lo miró a bajar, pero para su mala suerte un peldaño de la escalera estaba suelto, así que resbaló y cayó con la rodilla izquierda dentro de la fosa que había alrededor del palto. Él mismo sufrió el accidente que quería evitar.
La empresa de inmediato lo trasladó al hospital del trabajador, como lo estipula el Código del Trabajo. Su rodilla quedó a muy mal traer, necesitaría una operación y una larga rehabilitación antes de volver a trabajar.
Allí comenzó el problema, la empresa tenía resuelto el tema del seguro contra accidentes, pero una operación y rehabilitación como la que necesitaría Juan Carlos, aparentemente, excedía los costos de la empresa, el hospital no lo quería operar porque era muy costoso y lo mandaban a consultar en forma particular.
Principalmente el Código del Trabajo estipula que si el accidente es por malas condiciones en el lugar de trabajo o a raíz de las labores típicas del trabajador, el empleador o la empresa en la que se desempeña es responsable de la seguridad de sus trabajadores. Por lo tanto, está obligada a cubrir los gastos por prestaciones médicas.
Según el código del trabajo, en el apartado de Salud y Seguridad, todo accidente que un empleado sufra dentro del trabajo o en el traslado desde su hogar al trabajo, o desde un trabajo a otro, deben ser cubiertas por el seguro de la empresa.
En caso de que el empleador no quiera hacerse cargo o el hospital que atiende al trabajador no quiere cumplir con las prestaciones necesarias por falta de recursos o pagos, el trabajador debe comunicárselo a su empleador y si éste también se niega a responder por la salud del trabajador, debe acudir a la Inspección del trabajo y buscar la asesoría de un abogado en estos temas, ya que la Inspección está facultada para sancionar a la empresa y hacerla cumplir la ley.
Para obtener mayor información sobre estas temáticas o tienes una duda específica puedes ingresar al portal de la Biblioteca del Congreso Nacional y buscar el link a “Ley Fácil”. Hay muchas situaciones diferentes y muchas formas de resolverlas, pero para eso debes estar informado y pedir asesoría. Otro sitio que es muy útil es el de la dirección del trabajo.
Pero debes tener presente que donde sea que trabajes, tu cuentas con un derecho y un seguro laboral contra accidentes, por lo tanto, si te sucede algo en el trayecto al trabajo debes acudir al hospital de la mutual que tiene ti trabajo o a cualquier hospital público en caso de ser una urgencia y luego dar aviso al empleador de lo sucedido.
Cuando un empleador se niega a cumplir con sus obligaciones, puedes acudir a la Inspección de trabajo y denunciar esta situación. A veces esto se resuelve de inmediato y otras veces se llega a juicio. Pero de todas maneras, son tramites que no debes dejar de hacer porque está en tu derechos como trabajador.
Como consejo, cuando entres a trabajar infórmate sobre las mutuales, los seguros y los procedimientos para tramitar un accidente laboral, ya que eso es tu responsabilidad como trabajador y te puede ayudar mucho, en caso de que tengas que pasar por un infortunio.
Imagen CC vía USACE HQ