Luego de que la Corte Suprema condenara las malas prácticas de las empresas de cobranza, haciendo excesivos llamados telefónicos, el SERNAC se pronunció entregando un listado con los derechos de los consumidores cuando se enfrentan a este tipo de situaciones, recalcando que “no da lo mismo de qué forma cobrar” y que “cobrar no es asustar, ni amenazar a los consumidores”.
En primer lugar, los consumidores tienen el derecho de que las empresas de cobranza no informen a personas ajenas a la deuda sobre esta, ya sea un familiar, vecino, compañeros de trabajo, entre otros, ya que se pone en riesgo la integridad de la persona involucrada, además de perjudicar la situación laboral del deudor.
En este sentido, Laura Quezada, nos cuenta que ha sido víctima de estos llamados por una deuda que mantiene con el Banco de Chile, donde los llamados la obligaron a dar explicaciones en su trabajo. “No sólo llamaron a mis hermanas a sus casas, lo que ya es raro considerando que no di sus números de teléfonos cuando firmé el crédito, sino que también llamaron a mi oficina, donde se habló con mi supervisor y se le informó sobre mi deuda”, explicó.
Por otra parte, los llamados que realizan estas empresas de cobranza sólo pueden ser entre lunes y sábado, dejando libre los domingos y festivos. Además, el horario debe ser desde las 8:00 hasta las 20:00.
Bajo ningún motivo se pueden enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales. Aunque parezca insólito, esta ha sido una práctica que han llevado a cabo varias empresas de cobranza, donde lo que buscan es asustar informando sobre el avance de un proceso judicial que no se encuentra bajo sus facultades.
Otro punto importante es sobre el cobro de los gastos de cobranza. Por un lado, estos tienen un tope legal que no puede ser superado. Y por otro lado, este sólo puede comenzar a cobrarse después de 15 días corridos del vencimiento de la deuda.
Los consumidores tienen derecho a pagar la deuda directamente a la empresa a la que se le debe y no obligatoriamente a la empresa de cobranza, sin tener que dar explicaciones al respecto. Además, una vez pagada la deuda, los llamados de estas empresas deben detenerse inmediatamente. Si esto no sucede, y las acciones judiciales o extrajudiciales continuaran, el consumidor tiene derechos a reclamar y a ser compensado por el daño ocasionado.
Muchas personas se han visto por años afectadas por este tipo de abusos, por lo que es muy importante informarse sobre los derechos que existen en estos casos. Las empresas con tal de cobrar, pasan a llevar no sólo los derechos de las personas, sino que también la integridad de esta. Recuerda que la mejor defensa que se puede tener frente a estos abusos es saber cuales son tus deberes y derechos como consumidor, y hacerlos valer cuando se debe.
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