Realizar el trámite de iniciación de actividades, significa que declaras bajo juramento ante el Servicio de Impuestos Internos, el comienzo de cualquier tipo de operaciones económicas o comerciales susceptibles de producir rentas gravadas (de aplicárseles impuestos) en la primera o segunda categoría de la Ley de la Rentas.
Este proceso debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiences tus actividades. Por ejemplo, si como contribuyente comienzas tu actividad en agosto de un año determinado, tendrás plazo hasta el último día de octubre del mismo.
Es importante señalar que este trámite está disponible durante todo el año. Ojo que el aviso de inicio de actividades requiere definir uno o varios códigos de actividad económica, lo cual puede consultar en este listado. En mi caso, mi código es 922002 que corresponde a “servicios periodísticos prestado por profesionales”.
Vale aclarar que el aviso de inicio de actividades comprende a las empresas (que venden productos, llevan contabilidad con declaraciones de IVA y renta, emiten boletas de ventas, facturas y guías de despacho, entre otras, y se clasifican como actividades de primera categoría) y a las actividades independientes (prestadores de servicios profesionales, técnicos y otros, presentan declaraciones de renta anual, emiten boletas de honorarios y se clasifican como actividades de Segunda Categoría).
Este trámite lo puedes realizar a través de las unidades del servicio de impuestos internos correspondiente al domicilio del contribuyente presentando todos los documentos pertinentes detallados aquí.
Para las actividades de primera categoría, el SII debe verificar la actividad en terreno. Las de segunda categoría no son verificadas, por lo que puedes emitir boletas de honorarios electrónicas en forma inmediata o solicitar timbrar tus documentos.
Además, este proceso puedes realizarlo también vía online en la opción de “iniciación de actividades” en “registro de contribuyentes”. Debes elegir entre actividades personas naturales segunda categoría (boletas de honorarios) e inicio de actividades personas naturales primera y segunda categoría (todo tipo de actividades).
Posteriormente, ingresa tu rut y clave para operar online y completa la información solicitada (domicilio, actividad a desarrollar, en caso de elegir actividades afectas a IVA, deberás indicar si emitirá facturas en el corto plazo, etc.).
Luego, valida la información. El sistema revisará la consistencia de ésta y te indicará si existen errores o datos obligatorios no ingresados. Si todo está correcto, envía.
Como resultado del trámite aparecerá la confirmación de su inicio de actividades y podrás imprimir tu certificado de inicio de actividades de manera inmediata. En caso de que los datos no sean validados positivamente, deberás acudir a la unidad correspondiente a tu domicilio.
Tampoco debes olvidar que cada año debes realizar la declaración de impuestos y que comenzarás a cotizar los seguros sociales obligatoriamente.
Y tú, ¿ya realizaste tu iniciación de actividades?