Con la gran inclusión y la alta participación de las mujeres jóvenes en el campo laboral, muchas se preguntan cómo funciona la legislación chilena al momento de quedar embarazadas. Uno de los mayores miedos de las trabajadoras es que puedan ser despedidas al momento de informarles a sus jefes que van a ser madres.
En Chile existen derechos laborales irrenunciables que la ley entrega a todas las mujeres trabajadoras que quedan embarazadas, y en determinados casos, éste derecho se extiende a los padres trabajadores, que consisten en permisos, subsidios y fueros.
El fuero maternal es la protección que se le otorga a la mujer embarazada para que pueda mantener su empleo y tenga asegurado el origen de sus ingresos y pueda alimentar y criar a su hijo o hija. Éste amparo que proporciona la ley se expresa en la prohibición de un empleador de poner término al contrato de trabajo sin la autorización previa del juez competente, es decir, sólo una sentencia judicial puede autorizar el despido de una trabajadora sujeta al fuero maternal.
La protección legal comienza en el momento en que la trabajadora queda embarazada y se extiende hasta un año después de expirado el período de postnatal, el cual se extiende en doce semanas adicionales, hasta que el niño cumpla dos años, mediante un permiso que se entrega a las madres trabajadoras y que tendrá un subsidio equivalente a la remuneración con un tope de 66 UF brutas.
Este fuero permite que la trabajadora tenga derecho a ser reintegrada a su trabajo si su empleador la despide estando embarazada. En ningún caso se puede poner término al contrato, aún si la trabajadora desconocía su estado de embarazo. Sin embargo, sólo se puede pedir autorización de desafuero maternal al juez competente en caso de vencimiento del plazo convenido por las partes, la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato y por causales por hechos imputables a la conducta del empleador.
Este beneficio lo tienen todas las trabajadoras embarazadas que dependan de cualquier empleador y que estén acogidas a un sistema previsional y es traspasado al padre si es que la madre fallece. En el caso de los padres o madres adoptivos, el fuero se mantiene en ciertos casos, desde la resolución que aprueba la adopción.
En cuanto a los descansos y subsidios de maternidad, toda trabajadora, sin importar el tipo de contrato que tenga, tiene derecho a los siguientes beneficios antes del nacimiento del hijo o hija:
- Permiso Prenatal Suplementario: Se otorga en caso de que la mujer presente una enfermedad causada por el embarazo anterior a las seis semanas de prenatal.
- Permiso Prenatal: Seis semanas (42 días) anteriores al nacimiento del hijo o hija.
- Permiso Prenatal Prorrogado: Procede si el parto se produce después de las seis semanas siguientes a la fecha en que la mujer comience su descanso de maternidad.
Estos derechos no pueden ser renunciados por la trabajadora por disposición expresa de la ley, quedando prohibido durante dichos períodos el trabajo de las mujeres embarazadas y se debe otorgar sin importar la fecha de ingreso al trabajo.
El subsidio maternal consiste en un pago de una prestación que permite a la trabajadora continuar recibiendo sus ingresos durante el período en que hace uso del permiso de maternidad. Éste equivale al total de las remuneraciones y asignaciones que la trabajadora perciba y del cual se deducirán las imposiciones de previsión.
Este beneficio se les entrega a las trabajadoras dependientes que cumplan con tener seis meses de afiliación previsional y tener tres cotizaciones en los seis meses anteriores a la licencia. En el caso de las trabajadoras independientes, deben tener doce meses de afiliación previsional, seis cotizaciones en los doce meses, ya sean o no continuos, anteriores al inicio de la fecha y haber pagado la cotización del mes anterior a la licencia.
Es importante estar informada de todos los beneficios que la ley le otorga a las mujeres embarazadas, para tomar decisiones responsables y exigir tus deberes y derechos. Y tú, ¿has tenido alguna vez fuero maternal?